Una comunicación por escrito al banco a cambiar las condiciones del acuerdo de préstamo debe contener la firma de la persona autorizada y el sello del banco. Según la parte 2 del arte. 207 del Código Civil de Ucrania, a condición de que [… del] Convenio, que es una persona jurídica, deberá ser firmado por las personas autorizadas para ello sus documentos fundantes, poder notarial, ley u otros actos de la legislación civil y sellado. Dado ese banco tiene miles de clientes en un corto período de tiempo se han enviado mensajes similares, no hay pruebas suficientes para concluir que todos estos correos electrónicos, incluyendo mensajes dirigidos al cliente, firmado personalmente por el Presidente de la Junta el banco. Basándonos en esto, el cliente durante el juicio puede requerir el examen para confirmar la firma de la persona apropiada de la carta. Si el Tribunal podría satisfacer el solicitud del cliente, el banco será muy difícil para dicho examen. Además, una comunicación por escrito al banco necesariamente debe contener la impronta del sello húmedo del banco. De lo contrario, el consumidor quita capacidad para autenticar el remitente de un mensaje y por lo tanto, la adopción de nuevos términos para obtener un préstamo.
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